jueves, 5 de julio de 2012

Análisis sobre los Servicios Sociales de Estepona por los propios trabajadores de la delegación


Los trabajadores de la Delegación de Servicios Sociales, Mujer, Mayores e Integración Social del Ilmo. Ayto. de Estepona queremos hacer un análisis sobre los Servicios Sociales de nuestro municipio tomando como referencia la Ley que los regula en Andalucía:

LEY 2/1988, DE 4 DE ABRIL, DE SERVICIOS SOCIALES DE ANDALUCÍA

OBJETO:

Regular y garantizar un Sistema Público de Servicios Sociales que ponga a disposición de las personas y de los grupos en que éstas se integran recursos, acciones y prestaciones para el logro de su pleno desarrollo y para la obtención del mayor bienestar social y mejor calidad de vida, así como para la prevención, tratamiento y eliminación de las causas que conducen a su marginación.

PRINCIPIOS GENERALES:

Responsabilidad pública, solidaridad, igualdad y universalidad, participación, prevención, globalidad, normalización e integración, planificación y coordinación, descentralización.

ESTRUCTURA DE LOS SERVICIOS SOCIALES:

La Ley establece dos modalidades:

-. Servicios Sociales Comunitarios.- Constituyen la estructura básica del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía, siendo su finalidad el logro de unas mejores condiciones de vida para el pleno desarrollo de los individuos y de los grupos en que se integran, mediante una atención integrada y polivalente.

Para la consecución de los fines previstos, los Servicios Sociales Comunitarios se desarrollarán en las Zonas de Trabajo Social, siendo éstas unas demarcaciones que hacen aún más eficaz la prestación de los mismos. Aunque legalmente no hay nada establecido, el criterio que se está siguiendo a la hora de demarcar las Unidades de Trabajo Social (U.T.S.) es la asignación de un Trabajador Social por cada 10.000 habitantes.

Prestan los servicios siguientes:
- Información, valoración, orientación y asesoramiento al ciudadano;
- Cooperación Social;
- Ayuda a Domicilio;
- Convivencia y Reinserción Social;
- Otros que la dinámica social exija.

-Servicios Sociales Especializados.- Son aquellos que se dirigen hacia determinados sectores de la población que, por sus condiciones o circunstancias, necesitan de una atención específica.

Atenderán los siguientes sectores:
- Familia, infancia, adolescencia y juventud;
- Tercera edad;
- Personas con deficiencias físicas, psíquicas y sensoriales;
- Toxicómanos;
- Minorías Etnicas;
- Grupos con conductas disociales;
- Otros colectivos sociales.

COMPETENCIAS:

Esta Ley establece que:
  • Los Ayuntamientos serán responsables de los Servicios Sociales de su ámbito territorial, de acuerdo con la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, y dentro del marco de la presente Ley.
  • Los Ayuntamientos mayores de 20.000 habitantes, por Delegación de la Junta de Andalucía, tienen la competencia de gestionar los Centros de Servicios Sociales Comunitarios y Especializados.

LOS SERVICIOS SOCIALES EN EL ILMO. AYTO. DE ESTEPONA

El Ayuntamiento de Estepona, como municipio mayor de 20.000 habitantes, es el responsable de los Servicios Sociales (SS.SS.) y tiene la competencia de gestionarlos.

Se encuentran centralizados dentro de la Delegación de Servicios Sociales, Mujer, Mayores e Integración Social.

El número de habitantes censados en Estepona al día de hoy asciende a 68.011, y la cifra oficial establecida el 01-01-2011 es de 65.667. Con esta población, y según los criterios de demarcación que se vienen aplicando, Estepona debería tener un mínimo de 6 U.T.S.
La estructura actual de estos Servicios Sociales es la siguiente:
  • Departamento de Servicios Sociales Comunitarios que engloba:
  • - 5 Unidades de Trabajo Social (U.T.S.).
    - 1 Equipo de Infancia y Familia.
    - Servicio de Ley de Dependencia.
    - Servicio de Ayuda a Domicilio.
  • Departamentos de Servicios Sociales Especializados:
    - Departamento de Geriatría, que también gestiona las prestaciones básicas de los Servicios Sociales Comunitarios a toda la población mayor de 60 años del municipio.
    - Equipo de Tratamiento Familiar.
    - Departamento de Discapacidad.
    - Departamento de Inmigración.
    - Centro Comarcal de Drogodependencias y Adicciones.
    - Centro Municipal de Información a la Mujer.

Con el Expediente de Regulación de Empleo (E.R.E.) que el Ayuntamiento de Estepona tiene en trámite, se pretende eliminar a: 1 Educadora Social, 1 Técnico de Prevención de Drogodependencias y a 7 de los 14 Trabajadores/as Sociales que cubren estos Servicios, con el agravamiento de que de los 7 que restan, 4 están sujetos a subvenciones que en el caso de no renovarse, la plantilla quedaría reducida a 3 Trabajadores/as Sociales a corto plazo.

Siendo competencia del Ayuntamiento de Estepona la gestión de los Servicios Sociales, los profesionales de la Delegación de Servicios Sociales, Mujer, Mayores e Integración Social, queremos dejar constancia con este escrito, que desconocemos y no comprendemos el criterio objetivo por el que se ha decidido prescindir de estos profesionales, ya que, con esta medida estos servicios básicos quedarían descubiertos, ante la imposibilidad de ser asumidos en su totalidad por el resto de los compañeros.

Por todo lo expuesto, queremos manifestar nuestra defensa del Sistema Público de los Servicios Sociales como Pilar básico y fundamental del Estado de Bienestar que garantiza la cobertura de los Derechos Sociales de todos los ciudadanos y, más concretamente de los ciudadanos de Estepona.
Firman los Trabajadores de la Delegación de Servicios Sociales, Mujer, Mayores e Integración Social del Ilmo. Ayto. de Estepona.